La norma establece que el Estado provincial deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar el acceso de todos los niños y niñas a esta etapa educativa.
La implementación quedará a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación, organismo responsable de planificar la expansión del sistema según la cantidad de vacantes disponibles y el crecimiento poblacional de cada distrito.
Recordemos que la medida había sido tratada en la legislatura e ingresado en el Senado Bonaerense, pero no llegó a tratarse en el recinto, por lo que el Gobierno provincial avanzó ahora con la implementación de la política a través de un Decreto.
Según el Decreto, el proceso se organizará a partir de un análisis de la infraestructura existente y de la proyección demográfica.
El objetivo es ampliar gradualmente la oferta de jardines para que la obligatoriedad pueda cumplirse en todas las localidades cuando entre en vigencia.
La normativa también establece que se dará prioridad a las zonas con mayores niveles de vulnerabilidad socioeconómica, con la intención de garantizar igualdad de acceso a la educación temprana.



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