"Melody Rakauskas" acusó al intendente de La Matanza de haberla abusado sexualmente:


El testimonio de "Melody Jacqueline Rakauskas" en el expediente judicial contra el intendente de La Matanza "Fernando Espinoza" brinda detalles de la denuncia por abuso sexual y que la jueza a cargo del caso emitió una dura sentencia.

Melody Rakauskas acusó a Fernando Espinoza de "haberla abusado sexualmente mediante tocamientos impúdicos" el 10 de mayo del 2021, en su departamento en la Ciudad de Buenos Aires, alrededor de las 21:30 horas.

La reunión, inicialmente pautada bajo la premisa de una discusión laboral, se tornó “violenta” cuando Espinoza comenzó a quejarse de dolores cervicales y pidió que Rakauskas le hiciera masajes. 

Ante la negativa inicial de la víctima, Espinoza insistió.

Melody Rakauskas relató con detalle los eventos de aquella noche. 

Según su testimonio, Espinoza llegó a su departamento bajo el pretexto de una cena para tratar asuntos laborales.

Según el relato en el expediente, él comenzó a besarle los pechos y a tocarla por encima de la ropa mientras le decía: 

"Quédate tranquila, siempre te tuve ganas, va a estar todo bien". 

Durante el forcejeo, intentó bajarle los pantalones y le rompió la camisa. 

Espinoza le pedía que le practicara sexo oral, pero la víctima hizo fuerza para evitar que continuara con el abuso.

Finalmente, la situación terminó cuando Espinoza no pudo bajarle el pantalón, lo que lo frustró y llevó a que se vistiera y se retirara del lugar, diciendo: 

"Bueno listo, ya está, se terminó todo, me voy, ya está, no te preocupes".

El 1 de julio del 2021, Espinoza desobedeció una orden judicial que le prohibía contactar a la víctima, intentando persuadirla para que retirara la denuncia.

El impacto del abuso en Rakauskas la dejó traumatizada, requiriendo tratamiento psicológico y psiquiátrico, expresó.

La jueza a cargo procesó a Fernando Espinoza por los delitos de "Abuso Sexual Simple y Desobediencia". 

Se dictó una orden de prohibición de acercamiento y contacto hacia la víctima, estableciendo una distancia mínima de 500 metros durante todo el proceso penal.

Como medida preventiva, se ordenó un embargo sobre los bienes personales y/o dinero de Espinoza hasta cubrir la suma de $1.500.000. 

Esta medida garantiza posibles reclamaciones civiles por parte de la víctima.

A pesar del procesamiento, la jueza mantuvo la libertad provisoria de Espinoza, considerando que no se acreditaron los riesgos procesales suficientes para justificar una detención preventiva. 



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